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¿DÓNDE DENUNCIAR DELITOS INFORMÁTICOS EN ARGENTINA? - ABOGADOS DIGITALES

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REGLAMENTO PARA INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES EN INMUEBLES - Resol. 410/2001




REGLAMENTO PARA INSTALACIONES 
DE TELECOMUNICACIONES EN INMUEBLES


El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas que se deberán respetar con relación a las instalaciones de telecomunicaciones en inmuebles, lado cliente y lado prestador, realizadas por el método tradicional de pares de cobre. 

Este reglamento es de aplicación general en el territorio nacional y abarca a edificios destinados a vivienda colectiva, conjuntos habitacionales destinados a barrios privados, countries y campus, edificios comerciales, parques industriales de acceso privado, hospitales, escuelas y hoteles, etc. en los que se prevea la instalación, mediante cables multipares, de dos o más líneas generales y/o cableado con más de cinco bocas.

El suministro del servicio de telecomunicaciones, por parte de los prestadores, a estos inmuebles estará condicionado a la previa existencia de instalaciones internas realizadas de acuerdo a este reglamento y a la disponibilidad de recursos en ellas. No haberlas previsto en tiempo, significará inconvenientes en la habilitación telefónica del inmueble. Asimismo deberán prever los espacios e instalaciones necesarios para que varias empresas puedan brindar sus servicios a la vez.

La presente reglamentación no alcanza a las instalaciones en viviendas unifamiliares y otras donde la construcción de la instalación interior es facultativa del propietario de la misma y no tiene carácter de obligatorio.

La instalación de otros medios, distintos al cableado tradicional de pares para la provisión de servicios de telecomunicaciones, como cableados estructurados, cableados coaxiles, fibras ópticas, etc. no es objeto de este reglamento. 

Fuente: ENACOM

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