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¿DÓNDE DENUNCIAR DELITOS INFORMÁTICOS EN ARGENTINA? - ABOGADOS DIGITALES

Grooming Cibercrimen Protección de Datos Personales ¿CÓMO DENUNCIAR UN DELITO INFORMÁTICO? Actualizado 19/4/2021 ¿Qué tipo de incidente describe mejor lo ocurrido? a.- ¿Alguien accedió sin su consentimiento a sus cuentas, home banking o sistemas? b.- ¿Alguien modificó, alteró o eliminó todo o parte sus datos o sistemas informáticos? c.- ¿Alguien realizó alguna manipulación que le ocasionó un perjuicio económico? d.- ¿Alguien a través de un engaño le ha solicitado información confidencial números de tarjetas de crédito, contraseñas, PIN, etc.? e.- ¿Alguien se hizo o hace pasar por Ud. a través de un medio electrónico, redes sociales, etc.  f.- ¿Alguien realizó un ataque que dejó sin poder acceder o prestar su servicio informático o electrónico de forma normal? g.- ¿Un niño, niña o adolescente fue acosado/a y/o extorsionado/a con fines sexuales a través de algún medio informático o dispositivo electrónico? h.- ¿Alguien lo está calumniando o injuriando a través de medios electrónic

INFRAESTRUCTURA DE FIRMA DIGITAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

La Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA (IFD-RA) está conformada por un conjunto de componentes que interactúan entre sí, permitiendo la emisión de certificados digitales para verificar firmas en condiciones seguras, tanto desde el punto de vista técnico como legal. 
La autoridad de aplicación de la Infraestructura de Firma Digital antes mencionada es el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, siendo dicho organismo y la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, quienes entienden en las funciones de Ente Licenciante, otorgando, denegando o revocando las licencias de los certificadores licenciados y supervisando su accionar. 
Los certificadores licenciados son entidades públicas o privadas que se encuentran habilitados por el Ente Licenciante para emitir certificados digitales, en el marco de la Ley 25.506 de Firma Digital.

¿Cómo se obtiene una licencia de certificador?

Los requisitos y el proceso de obtención de una licencia se encuentran establecidos en la Resolución Nº 399-E/2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, compuesta por SIETE (7) anexos con prescripciones legales y técnicas. El proceso de licenciamiento comienza con la presentación de una nota de solicitud acompañada por la documentación exigida en el Anexo I de la mencionada Resolución. Cumplidos los pasos formales, y el pago del arancel en concepto de licenciamiento, la solicitud es admitida, a partir de lo cual procede el análisis y estudio de la documentación, seguido de la correspondiente auditoría por parte de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN. El proceso de licenciamiento culmina en la elaboración del dictamen legal y técnico, y en caso que todo fuera favorable se emiten los actos administrativos correspondientes ordenando su publicación en el Boletín Oficial. Posteriormente, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la Autoridad Certificante Raíz de la REPÚBLICA ARGENTINA procederá a emitir el certificado correspondiente.

¿Un certificador licenciado puede emitir un certificado digital a una autoridad certificante subordinada?

No. Se ha establecido una estructura de certificación que cuenta únicamente con DOS (2) niveles, donde el primer nivel es el de la Autoridad Certificante Raíz de la REPÚBLICA ARGENTINA, operada por el ente licenciante, y el segundo nivel correspondiente a las Autoridades Certificantes operadas por los certificadores licenciados. No habrá Autoridades Certificantes subordinadas a estas últimas.

¿Cuál es el organismo o entidad responsable de realizar auditorías?

En virtud de lo establecido en el Decreto Nº 561/16, en su Artículo 10 instruye a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para realizar las auditorías previstas en el Capítulo VII de la Ley N° 25.506. Los certificadores licenciados o en proceso de licenciamiento pertenecientes al sector privado abonarán el arancel de auditoría que fije el ente licenciante. Actualmente, los aranceles se encuentran detallados en el Anexo VI de la Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

¿Cuál es el mecanismo para reportar cualquier deficiencia o incumplimiento incurrido por parte del certificador licenciado?

En caso de reclamo respecto de la prestación de servicios, el usuario de un certificado digital debe dirigirse al certificador licenciado que lo emitió. Si no obtuviera satisfacción a su reclamo, puede hacerlo ante el ente licenciante, con la constancia del reclamo ante el certificador

¿Dónde se realiza el pago del arancel de licenciamiento y renovación de licencia?

Los pagos se realizan a través del Sistema de Recaudación de la Administración Pública Nacional (eRecauda).

¿Cuál es el plazo de duración de las licencias?

De acuerdo con el Art. 26 del Decreto 2628/2002, reglamentario de la ley 25.506, las licencias tendrán un plazo de duración de 5 años y podrán ser renovadas.

¿Qué es el dictamen legal y técnico y cuál es el plazo para emitirlo?

El dictamen legal y técnico es el resultado de la evaluación de la aptitud del certificador para cumplir con las funciones y obligaciones inherentes al licenciamiento.

¿Cuándo y cómo se debe iniciar el trámite de renovación de una licencia?

El trámite de renovación debe ser iniciado con 60 días hábiles de anticipación al vencimiento de la licencia original y está supeditado a la presentación del comprobante de pago del arancel. Se rige por las mismas normas que la solicitud de licencia. En este sentido, el certificador será responsable por toda afectación a los intereses de sus suscriptores que deriven del vencimiento de certificados y políticas cuando no hubiese tomado los recaudos necesarios a fin de prevenir demoras en la renovación de la licencia.

¿Distintos certificadores pueden compartir la misma infraestructura tecnológica?

La Resolución Nº 399-E/16 en su artículo 15 establece que la infraestructura tecnológica del certificador licenciado podrá ser compartida por otros certificadores licenciados siempre que existen motivos que lo justifiquen, se cumpla con los requisitos exigidos y se garanticen procesos confiables de gestión del ciclo de vida de los certificados, debiendo mediar autorización previa y expresa de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

¿Quién puede solicitar una licencia?

Los solicitantes de licencias deben ser personas jurídicas, admitiéndose tanto las personas de derecho privado como las de derecho público. Deben hacerlo a través de representantes legales en el caso de personas jurídicas privadas y a través de sus máximas autoridades de la jurisdicción u organismo en el caso de personas jurídicas públicas. También podrán solicitar una licencia los titulares de Registros Públicos de Contratos.

¿Cuál es el costo de la licencia?

El costo de la licencia se encuentra establecido en el Anexo VI de la Resolución Nº 399-E/16.

¿Quién otorga las licencias?

Las licencias son otorgadas por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

¿Para qué puede usarse cualquiera de los certificados digitales emitidos por un certificador licenciado?

El artículo 11 de la Resolución Nº 399-E/16 establece que los certificados emitidos por certificadores licenciados, en el marco de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA, podrán ser utilizados por sus titulares para firmar digitalmente cualquier documento o transacción, pudiendo ser empleados para cualquier uso o aplicación, como así también para autenticación o cifrado.

¿Un solicitante puede presentarse ante cualquier certificador licenciado para requerir un certificado digital?

El tipo de suscriptores se encuentra establecido en el punto “1.3.3 Suscriptores de certificados” de la Política Única de Certificación de cada certificador licenciado.
Fuente: acraíz.gob.ar

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